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||AYUDAS|| REFORMA DE BAÑOS EN VIVIENDAS


OBJETO DE LAS AYUDAS

La Generalitat Valenciana ha lanzado la nueva línea de ayudas para mejorar las condiciones y la calidad de las viviendas para mejorar la conservación, sostenibilidad, accesibilidad y habitabilidad.

El objeto de las ayudas es regular la concesión de ayudas para actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Se entenderán por actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas, y por tanto serán objeto de ayuda, aquellas actuaciones dirigidas a:

1. Reforma de los cuartos húmedos (cocinas y baños), con el fin de adecuarlos a las condiciones actuales de habitabilidad, incluyendo, sies necesario, la adaptación de las instalaciones a la normativa vigente.

2. Reforma de la vivienda para adaptarla a las necesidades de personas con diversidad funcional y movilidad reducida incluyendo la ampliación de los espacios de circulación de la vivienda o el cambio de puertas o la instalación de señales acústicas o luminosas en su caso.

REQUISITOS DE LAS VIVIENDAS

Las viviendas que pretendan acogerse a las subvenciones reguladas en la presente orden, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. El edificio en el momento de la solicitud debe tener una antigüedad superior a 20 años. No será necesario cumplir esta condición en el caso de actuaciones de adaptación de la vivienda para personas con diversidad funcional con un grado de discapacidad superior al 50 por 100.

2. Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario. Lo que se considerará acreditado al estar empadronado con anterioridad a la solicitud de las ayudas

TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Las obras subvencionables podrán recibir las siguientes subvenciones:

a) Una subvención básica, para todos los solicitantes que cumplan los requisitos para recibir las ayudas y aporten toda la documentación requerida, del 5 por 100 del presupuesto protegible de las obras, con un máximo de 600 euros.

b) Una subvención adicional, en función de los puntos obtenidos en el baremación de las solicitudes, con los porcentajes y las cuantías máximas siguientes.

- Entre 1 y 5 puntos: 25 por 100 (Cuantía máxima de la ayuda 3.000€)

- Entre 6 y 10 puntos: 30 por 100 (Cuantía máxima de la ayuda 3.600€)

- Entre 11 y 15 puntos: 35 por 100 (Cuantía máxima de la ayuda 4.200€)

CONDICIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias, y por tanto perceptoras de estas ayudas, cualquier persona física propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

Más info en: www.ingenieriacoves.com

Te asesoramos en: info@ingenieriacoves.com

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