A continuación, tratamos de aclarar las principales diferencias entre un coche híbrido enchufable y un vehículo 100% eléctrico. Con el aumento de modelos electrificados en el mercado, surgen algunas de las siguientes preguntas, ¿qué diferencia existe entre un vehículo híbrido enchufable y un vehículo eléctrico? ¿Se recargan ambos de la misma forma? ¿Tienen la misma autonomía?
Lo primero que hay que aclarar es la definición de cada uno de ellos. Un vehículo híbrido enchufable está compuesto por un motor de combustión tradicional y una batería eléctrica. Ahora bien, si os preguntáis el funcionamiento de un híbrido enchufable, es muy sencillo. Esta combinación hace que nuestro vehículo funcione como un vehículo eléctrico cuando circula a velocidades bajas, y cuando superamos cierta velocidad o la energía de nuestras baterías se agota, se hace uso del motor de combustión tradicional. Normalmente, los vehículos híbridos necesitan apoyo del motor de combustión para realizar acciones cotidianas como enchufar el sistema de climatización y por tanto no pueden considerarse como una tecnología baja en emisiones.
A diferencia de estos, los vehículos puramente eléctricos hacen uso solamente de la energía eléctrica de sus baterías, sin motores de combustión de por medio. En el mejor caso, cuando la energía con la que se recarga el vehículo procede de fuentes con origen renovable, nos encontramos con un técnología 100% sostenible.
Con respecto a la forma de carga, existen ciertos matices que se deben de tener en cuenta. Los vehículos 100% eléctricos pueden recargar en estaciones rápidas (30 min) utilizando conectores CCS Combo 2 o CHAdeMO, mientras que utilizan conector Tipo 2 (Mennekes) para realizar cargas semi-rápidas (2 horas) o lentas (>8 horas).
En el caso de vehículos híbridos, pueden recargar exclusivamente en equipos de carga lenta utilizando conectores Tipo 2 (Mennekes).
La autonomía de los vehículos va ganando cada vez más recorrido. Los modelos 100% eléctricos más recientes ya superan los 350 kilómetros de autonomía con una sola carga mientras que los vehículos híbridos suelen alcanzar los 35 kilómetros en modo de conducción eléctrica.
A pesar de todo ello, viene bien recordar que los más de 350 kilómetros de autonomía es más que suficiente para hacer uso de tu vehículo en tu ámbito laboral y social.
En una encuesta realizada por nuestra empresa, Coves Energy, pudimos observar que la gran mayoría hacía uso de su vehículo para ir al trabajo o desplazarse por su ciudad, por lo que la carga la realizaba en casa o en un punto público de su trabajo o alrededores.
En caso de viajar y que el trayecto contase con más kilómetros de lo permitido por su autonomía, es necesario buscar anteriormente un punto de recarga público que se encuentre en el trayecto que se vaya a realizar.
En definitiva, conducir un coche 100% eléctrico cuenta con una gran multitud de ventajas; una conducción silenciosa y suave, facilidad por su cambio de marchas automático, ventajas a la hora de su circulación (ej.: exención de pago en zonas azules, acceso a zonas restringidas, reducción del impuesto de vehículos a tracción, etc.).
Hay que recordar la presencia de programas de ayudas como el Plan MOVES II, el cual subvencionas con hasta 6.500 euros para la compra de tu vehículo eléctrico y el 40% del coste necesario para instalar un punto de recarga.
Vehículos Eléctricos Subvencionables Plan MOVES II: https://www.covesenergy.com/plan-moves-2020-coches
¿kW o kWh? La historia de una confusión fatal: https://www.covesenergy.com/post/diferencia-kilovatio-kw-y-kilovatio-hora-kwh
[Normativa] Nuevo impulso a la movilidad eléctrica en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima: https://www.covesenergy.com/post/plan-nacional-integrado-de-energia-y-clima
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